Redacción
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) indica que los familiares de personas fallecidas tienen derecho a solicitar una serie de prestaciones en la empresa donde laboraba.
Estas prestaciones únicamente pueden ser solicitadas en el caso que el fallecido trabajador “se encontrara laborando antes de fallecer”, indica la Profedet.
Sumadas a las prestaciones generales, los familiares de personas fallecidas que estaban afiliadas al IMSS pueden solicitar algunos beneficios extra.
¿Qué se debe cobrar a una empresa cuando fallece un familiar?
En caso de que el trabajador fallecido se encontrara laborando antes de fallecer, sus beneficiarios pueden reclamar el pago de las siguientes prestaciones, indica la Profedet:
- Vacaciones y prima vacacional, en caso de haberlas generado y que no se le hubieran pagado
- Aguinaldo, en caso de que lo generara y no se lo pagaran
- Pago de salarios devengados y no cubiertos
- Pago de la prima de antigüedad
- Si generó Fondo de ahorro en el Infonavit durante el periodo de 1972 a 1992 y no lo solicitó, pueden cobrarlo los beneficiarios
- Liberación del crédito y cancelación de hipoteca ante el Infonavit
La Profedet también detalla que se pueden sumar prestaciones extraordinarias, en caso de que el trabajador haya contado con Contrato Colectivo, entre ellas destaca: fondo de ahorro, seguros de vida, estímulos de puntualidad y asistencia.
Los familiares de los fallecidos pueden cobrar estas prestaciones hasta un año después de la muerte del trabajador.
Pensiones para familiares de fallecidos afiliados al IMSS
Si el trabajador fallecido era asegurado del IMSS, pueden solicitar una ayuda de gastos de funeral, la cual corresponde a dos meses del salario mínimo general, indica la Profedet.
Además, pueden solicitar las siguientes pensiones, según sea el caso:
- Pensión de viudez
- Pensión orfandad
- Pensión ascendientes
Para consultar los requisitos para solicitar estas pensiones, así como información sobre en qué casos aplica, puedes consultar a la Profedet, dando clic aquí. para En el enlace también hay información sobre las aportaciones que se pueden solicitar al AFORE.